Información sobre la Proposición de Ley de modificación de la Ley General de la Seguridad Social en relación con las Mutualidades Alternativas.
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Se informa de la aprobación por el Pleno del Congreso de los Diputados, en sesión
celebrada el pasado 11 de junio de 2026, de la Proposición de Ley de modificación del
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en relación con las mutualidades
alternativas reguladas en sus disposiciones adicionales decimoctava y decimonovena.
Se trata de una iniciativa legislativa de extraordinaria relevancia para los profesionales
colegiados adscritos a mutualidades alternativas al Régimen Especial de Trabajadores
Autónomos, al contemplar importantes modificaciones que podrían afectar de forma
directa a la situación presente y futura de numerosos mutualistas.
Entre las principales novedades previstas en el texto aprobado por el Congreso de los
Diputados destacan las siguientes:
I. La creación de una futura pasarela voluntaria al Régimen Especial de Trabajadores
Autónomos (RETA), que permitirá a los mutualistas que así lo deseen solicitar la
transferencia de los derechos económicos acumulados en sus respectivas mutualidades a
la Tesorería General de la Seguridad Social, en los términos que se determinen
reglamentariamente.
II. La conversión de dichos derechos económicos en períodos cotizados en el RETA,
mediante un sistema que tendrá en cuenta la base mínima de cotización que hubiera
correspondido al profesional de haber estado integrado en dicho régimen, actualizada
conforme al IPC y modulada mediante coeficientes vinculados a los años de
permanencia en la mutualidad.
III. La exención fiscal de las operaciones derivadas de dicha transferencia
extraordinaria y voluntaria.
IV. El reconocimiento, a efectos del cumplimiento del período de carencia exigido para
acceder a la pensión contributiva de jubilación de la Seguridad Social, de determinados
períodos históricos en los que los profesionales estuvieron obligatoriamente integrados
en mutualidades de carácter sustitutivo antes de la implantación del actual sistema de
alternatividad.
V. El establecimiento de nuevas garantías mínimas de protección social, de forma que
las prestaciones periódicas que otorguen las mutualidades alternativas no puedan
resultar inferiores a las cuantías mínimas previstas en el sistema público de Seguridad
Social para las correspondientes prestaciones.
VI. La progresiva equiparación de las cuotas de los mutualistas con las exigibles en el
RETA, estableciéndose un incremento gradual que alcanzará el 86 % de la cuota de
referencia durante 2026, el 93 % durante 2027 y el 100 % en el año 2028.
VII. El refuerzo de las obligaciones de transparencia, supervisión y control de las
mutualidades alternativas, mediante la elaboración de informes semestrales sobre la
situación de los fondos de los mutualistas, su evolución y el valor actuarial de las
prestaciones.
VIII. La introducción de mecanismos específicos de protección para mutualistas en
situación de especial vulnerabilidad, priorizando la mejora de las prestaciones
relacionadas con jubilación, incapacidad, dependencia, viudedad u orfandad.
La trascendencia de las modificaciones proyectadas aconseja una lectura detenida del
texto por parte de todos aquellos colegiados que actualmente se encuentren integrados
en una mutualidad alternativa o que hayan estado adscritos a la misma a lo largo de su
trayectoria profesional, dado que algunas de las medidas previstas podrían tener
incidencia directa en sus expectativas de protección social y jubilación.
Debe tenerse presente, además, que la iniciativa legislativa continúa su tramitación
parlamentaria, por lo que el texto definitivo podrá experimentar modificaciones durante
su paso por el Senado y, en su caso, en los trámites posteriores previstos
constitucionalmente.
Desde el Ilustre Colegio de Procuradores de A Coruña continuaremos realizando un
seguimiento permanente de la evolución de esta iniciativa legislativa y mantendremos
puntualmente informados a nuestros colegiados de cualquier novedad que pudiera
resultar de interés.
Asimismo, el Colegio se encuentra analizando el contenido de la Proposición de Ley y
sus posibles repercusiones para los profesionales de la procura mutualistas. Una vez
concluida su tramitación parlamentaria y conocido el texto definitivo de la norma, se
organizará una sesión informativa específica dirigida a los colegiados afectados, con el
fin de exponer de manera detallada las modificaciones introducidas, su alcance práctico
y las distintas opciones que puedan resultar de interés para los mutualistas.





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